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24/07/2019

Falta personal en la Agencia de Protección de Datos: "La inspección tiene prácticamente los mismos medios que en el año 2007"

la directora de la AEPD hace un llamamiento público: "Si alguien conoce el caso de algún partido político que haya utilizado el 58 bis de la Ley Electoral para perfilar opiniones políticas y enviar publicidad segmentada, que nos lo haga saber"

Fuente: Público

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) está para prevenir y para ayudar. Que esta idea haya calado entre los ciudadanos es una de las mayores alegrías de Mar España, directora de la agencia, cuyo mandato finaliza en pocas semanas. En una entrevista con Público, asegura que no ha recibido ni una sola reclamación en la que se acredite que los partidos políticos hayan hecho perfilados sobre opiniones políticas y envío de propaganda segmentada, algo que estuvo permitido por ley durante unos meses y que el Tribunal Constitucional tumbó en mayo.

El 27 de julio termina el mandato de Mar España al frente de la AEPD, tras cuatro años con cuatro gobiernos diferentes y multitud de retos especialmente delicados en su recta final; por ejemplo, la aplicación directa del reglamento europeo (RGPD), la profunda reforma de la normativa española, el aumento y la internacionalización de las reclamaciones, y una falta de medios que la propia directora subraya.

Clarísimamente, faltan medios, contesta rápidamente durante la entrevista. En 2007 la Agencia no recibía más de 3.000 reclamaciones, y además no existían las redes sociales, ni perfilados, como ahora; se nos han multiplicado por cinco las reclamaciones y son cada vez con más complejas, como las que afectan a empresas que operan a más de un estado miembro las tenemos que tramitar en inglés con un procedimiento mucho más complicado.

En estos 12 años hemos recibido sólo 60 personas más en la Agencia, asegura. Lo que deberíamos de haber recibido, según la proporción lógica, es más de 600 personas, casi lo que han crecido las agencias de nuestros entorno, como la inglesa. La inspección tiene casi los mismos medios que en el año 2007, denuncia, y considera que la situación es grave, porque además hemos puesto en marcha una gran cantidad de actividades nuevas, como las de formación o cerificación.

Mar España destaca, como logros más satisfactorios para ella, la labor de concienciación de la agencia y la realización de una gran parte de su plan estratégico. Hemos conseguido que, por fin, se incluya en la ley (LOPD) que a todos y cada uno de los ocho millones de escolares de 6 a 16 años se les va a enseñar el uso responsable de internet y las redes sociales, destaca.

La protección de datos no es un derecho abstracto sino que está en el día a día de los ciudadanos

Además, añade, la Agencia se ha volcado en acompañar al sector público y a las empresas en facilitar el cumplimiento de la nueva normativa europea de protección de datos, algo que no era nada fácil.

También me gustaría destacar el asunto de la violencia de género, destaca la directora. La Agencia debe ser un referente en las ocasiones en las que alguien se sienta invadido de una forma grave en su intimidad —cuando alguien cuelga un vídeo que provoca un ciberacoso o violencia contra las mujeres, por ejemplo—, de modo que el afectado sepa que puede acudir en tutela de derechos a la AEPD.

Por último, se refiere a uno de los asuntos más sensibles de los últimos meses: la inclusión en la Ley de Protección de Datos una habilitación introducida en la Ley Electoral para que los partidos políticos recopilasen sin consentimiento opiniones políticas de los ciudadanos en las redes. Una circular de la AEPD que interpretaba de forma restrictiva esa habilitación levantó suspicacias porque quizá la agencia se estaba extralimitando en sus competencias.

El hecho de que la circular [que interpretaba el polémico artículo 58 bis de la Ley Electoral] diese garantías en el tratamiento de datos personales que podían manejar los partidos políticos, especialmente los más delicados como la ideología política de cada uno, comenta, demuestra que la protección de datos no es un derecho abstracto sino que está en el día a día de la vida de los ciudadanos, y conforma un eje fundamental del Estado democrático. Pero en seguida puntualiza y afirma que no se siente orgullosa por haber tenido que llegar a esa situación.

Partidos políticos, perfilado y propaganda

Sobre la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló la habilitación de la Ley Electoral, Mar España se muestra satisfecha. Vaya por delante que yo no juzgo ni valoro las sentencias como directora de la agencia, pero mi opinión personal es que todo lo que supone un refuerzo al derecho fundamental a la privacidad es una garantía para los españoles.

Como la AEPD era consciente de que existía una falta de garantías en el 58 bis de la Ley Electoral, la directora asegura que hubo una labor de coordinación con Interior y la Junta Electoral Central. Hicimos un informe y la mencionada circular en donde establecíamos esas garantías que la ley no daba, afirma, y añade: Precisamente el Constitucional aduce falta de garantías para anular el 58 bis 1.

Mar España recuerda, durante la entrevista, que el texto de ese artículo nunca fue avalado por la agencia, sencillamente porque en la ponencia que presentó el anterior ministro de justicxia ese texto no se propuso. Cuando se nos pidió opinión, dijimos que la Ley Orgánica de Protección de Datos no era el mecanismo adecuado para una modificación de esa envergadura.

No hemos recibido ni una sola reclamación en la que se acredite que los partidos políticos hayan hecho perfilados ideológicos

Una vez aprobado el artículo 58 bis, evoca, lo único que le quedaba a la Agencia era interpretarla de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos. Y ello sin perjuicio de cualquier otra interpretación de otros órganos con competencia, entre ellos el Constitucional.

Nunca se debió llegar a esta situación, confiesa, pero como ni siquiera sabíamos que se iba a recurrir ante el Tribunal Constitucional —Podemos lo anunció pero no lo hizo—, mi obligación era aportar esas garantías que la ley no había dado, y desde el punto de vista de la técnica legislativa la ley era manifiestamente mejorable.

Lamento que después de tanto trabajo la Ley de Protección de Datos sea conocida por una modificación de la Ley Electoral, que era algo que ni propuso la AEPD ni tenía relación alguna con el Reglamento europeo, declara. Eso sí, hago un llamamiento público: si alguien conoce el caso de algún partido político que haya utilizado el 58 bis para perfilar opiniones políticas y enviar publicidad segmentada, que nos lo haga saber: hasta ahora, no hemos recibido ni una sola reclamación en la que se acredite que los partidos políticos hayan hecho perfilados sobre opiniones políticas y envío de publicidad o propaganda segmentada ad hoc.

Al menos, añade, nos queda la satisfacción de comprobar que gracias a la circular y a las advertencias que hicimos en su momento —tolerancia cero y multas máximas— no sólo a los partidos políticos, sino a las empresas que pudieran ser contratadas para tal fin, parece (repito: parece) que ha habido un cierto efecto disuasorio, de momento.

Penalizar contenidos en redes sociales

Otra medida que ha sido noticia recientemente es la insistencia de la directora de la agencia en la creación de un mecanismo —anunciado hace ya seis meses— que permita retirar vídeos en Internet en casos de ciberacoso o sexting antes de que se vuelvan virales.

Estoy implicada personalmente, es un gran reto, quiero que Google y Facebook se impliquen y espero que lo hagan en los próximos meses, comenta en la entrevista, y añade: Se trata de un compromiso en la retirada en menos de 24 horas de contenidos que supongan un grave atentado para la intimidad o un grave riesgo para la esfera personal.

Lo mismo que han firmado un código de conducta con la Comisión Europea para la retirada de contenidos que puedan enmarcarse en delitos de odio o enaltecimiento del terrorismo, yo quiero que lo apliquen para retirar vídeos de carácter sexual y contenidos de ciberacoso, que pueden terminar incluso con el suicidio de la víctima, apunta.

Por último, y pese a la cascada de sanciones que hemos podido ver este mismo año en Europa a grandes compañías de internet, aún no ha habido una multa del calibre que prevé el reglamento europeo.

Entiendo que existan expectativas sobre posibles sanciones con la escala de multas que prevé el RGPD, comenta, pero es que si una investigación de envergadura antes era lenta, ahora, en los casos contra empresas multinacionales donde las autoridades líderes serán la irlandesa o la luxemburguesa, tendremos que suspender el procedimiento y si hay alguna duda tiene que ser planteada al comité europeo, y eso aún no ha sucedido: ni siquiera hay propuestas de resolución de procedimientos sancionadores de gran envergadura.

 


 
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