En las empresas sujetas a una gran cantidad de regulaciones como lo son las bancarias- financieras, aéreas, energéticas, farmacéuticas o de telecomunicaciones, por mencionar solo algunas, se respira en todo momento una atmósfera de control y vigilancia respecto a la observancia del gran cúmulo de obligaciones que en términos de la legislación aplicable les corresponde cumplir.
Las sociedades mercantiles en general están, por el solo hecho de estar así constituidas, obligadas al cumplimiento de la legislación en materia mercantil, fiscal, laboral, ambiental, de protección al consumidor, de protección de datos personales, entre otras. Ahora bien, si estas sociedades además pertenecen a industrias o sectores regulados como los que mencioné en el párrafo anterior, estarán también sujetas a la legislación especial que les aplica por su propia naturaleza y objeto específico, como en el caso de las empresas bancarias a la Ley de Instituciones de Crédito o las empresas aéreas a la Ley de Aviación Civil, y demás conjunto de reglamentos y normatividad secundaria que les aplica; más aún si cotizan en bolsa, desde luego estarán sujetas a la legislación en materia bursátil.
En ese sentido, sumar a la ya pesada carga normativa que recae sobre este tipo de empresas altamente reguladas, la todavía reciente legislación en materia de anticorrupción (Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás ordenamientos legales), es algo complejo de asimilar y de asumir. No siempre son bien recibidas por las organizaciones las nuevas regulaciones, que llegan a generar abultada y onerosa carga administrativa derivada del control y de la gestión que las empresas tienen que emplear para lograr el cumplimiento de las obligaciones que establece esta reciente normatividad.
Sin embargo, estudios en materia de anticorrupción elaborados por organismos y entidades internacionales como la OCDE y Transparencia Internacional, acreditan que las organizaciones con una cultura de cumplimiento e integridad sólidamente arraigada y absorbida por todos sus colaboradores son significativamente más rentables y productivas que las que carecen de estos valores empresariales superiores.
Ahora bien, para que se logre crear y desarrollar esta cultura de cumplimiento e integridad en las organizaciones y se convierta en su ADN, en nuestra opinión debe de originarse y transmitirse desde el Consejo de Administración, e incluso desde los accionistas, para que así en cascada esos valores superiores permeen y se absorban por el CEO, por todos los ejecutivos y colaboradores de la empresa, y se logre en consecuencia esa transformación cultural que solo deriva en beneficios para las compañías.
En conclusión, la correcta y profesional implementación de: i) sistemas eficientes de control y auditoria que vigilen el cumplimiento de las obligaciones y lineamientos de compliance, ii) códigos de conducta y mejores prácticas empresariales, iii) procesos de capacitación y entrenamiento, iv) procedimientos de denuncia, y v) mecanismos de transparencia, darán vida a una Política de Integridad que transformará gradual y sólidamente a la organización hacia una plena cultura de anticorrupción y cumplimiento.
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