Autor: Cesar J Fernandez Perez. Experto Técnico en Compliance en ENAC y ponente del II Congreso de Defensa Penal de la Persona Jurídica
Fuente: LinkedIn
Este Artículo nace como parte la reflexión obtenida en mesa sobre certificación de Sistemas de Compliance, en el marco del II Congreso de Defensa Penal de la Persona Jurídica, , organizado por la World Compliance Association (WCA). En este artículo intentaré abordar los grandes beneficios que reporta la Certificación de Sistemas de Gestión en Compliance a las organizaciones.
La certificación claramente puede aportar ventajas y valor a las organizaciones, puesto que contribuye a mejorar sus procesos básicos, sus productos y servicios y su gestión, y a reforzar sus oportunidades comerciales.
A mi criterio es imprescindible que la entidad de certificación sea percibida como una organización técnicamente competente, independiente y fiable por todos aquellos que han de confiar en la veracidad y valor de sus certificados. Por ello, sólo las entidades de certificación acreditadas han demostrado a una tercera parte independiente su competencia e imparcialidad para prestar el servicio de certificación.
Solo cuando una organización ha demostrado que cumple lo establecido en esas normas será identificada a nivel internacional como una Entidad de Certificación y solamente las entidades de acreditación (ENAC en España) están autorizadas para evaluar y declarar ese cumplimiento mediante un riguroso proceso de auditoría en el que intervienen expertos técnicos en cada actividad acreditada y de acuerdo a criterios establecidos y reconocidos internacionalmente en más de 60 países de todo el mundo
No debemos de olvidar que en la peor de la circunstancia nuestro Sistema de Gestión de Compliance Penal (SGCP) puede terminar en sede Judicial dentro de un proceso Penal. Si aportamos un SGCP certificado bajo acreditación aportaremos un Sistema de Gestión con un triple valor en su eficacia:
1º. Por medio de la Auditoria anual del Sistema.
2º. Por medio de la Auditoria de la Entidad de Certificación.
3º. Por medio de la Entidad de Acreditación, que supone haber superado un proceso de evaluación riguroso, conforme a normas internacionalmente reconocidas, que demostrará la competencia técnica de un evaluador (Entidad de Certificación).
Por ello, nos será de gran ayuda para la obtener la atenuación o exención de la posible condena penal.
Convierte la Obligación en Ventaja competitiva: la acreditación proporciona además una garantía independiente de la solvencia técnica de la Organización ayudándole así a diferenciarse de la competencia, y permitiendo a esta a competir con el resto de organizaciones.
Si ha sido de tu agrado el artículo y te gustaría conocer mi opinión sobre este y otros contenidos en materia de Compliance, puedes leerlos en mi Blog de Compliance: Experts Compliance
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