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18/01/2021

El trato con los trabajadores también es compliance

Artículo enviado por la asociada Rosa Elena Heredia Mendoza


Hasta hace poco, se señalaba que el cumplimiento normativo implicaba cumplir únicamente con la ley, pero ese concepto ha quedado obsoleto; en efecto, cumplimiento normativo implica cumplir no solo con la ley sino con el espíritu de la ley y con los valores y principios a los que haya decidido voluntariamente someterse una empresa[1].

Un punto muy importante y que quizás no es objeto de mayor análisis, es el tema del respeto a los trabajadores, y que ha sido resaltado el día de hoy por Ortiz de Zevallos[2] en CADE Ejecutivos 2021.

Todas las empresas tienen códigos de ética y conducta que resaltan “Tolerancia Cero frente a la Corrupción y el Soborno”, pero muy pocos hacen hincapié en el respeto de los derechos de los trabajadores como seres humanos, y a su vez, refleje el derecho a no ser discriminado por motivo de raza, origen, condición económica, el cual está reconocido constitucionalmente[3].

El tratadista español Melé resalta que la piedra base de una empresa es mostrar calidad humana en el trato a las personas y en función de ello, establece 5 niveles de calidad humana en una empresa u organización[4], siendo éstos:

  • Nivel 1, que va desde la violación de derechos humanos a la agresión mediante palabras y actuaciones (incluye la discriminación).
  • Nivel 2, en el que se trata a las personas con indiferencia, falta de tolerancia y en el que se ve a las personas solo como un medio para lograr los objetivos.
  • Nivel 3, en el que se demuestra un respeto hacia las personas.
  • Nivel 4 en el que además de un trato con respeto, existe afecto hacia las personas. 
  • Nivel 5 en el que se busca favorecer el desarrollo personal de las personas.


Relataré una pequeña historia imaginaria[5], cuyo personaje principal tiene el nombre de Cyrano. Si usted se identifica con alguno de los otros personajes, entonces entenderá que no goza de esa calidad humana en el trato con los trabajadores; o por el contrario se dará cuenta que usted es victima de discriminación, y que todo lo que dice el Código de Ética de la organización donde trabaja, simplemente, es letra muerta o un saludo a la bandera.

Cyrano

“Igualdad de oportunidades, desarrollo profesional y no discriminación tanto en el acceso al trabajo como en la promoción del mismo. No serán admisibles las discriminaciones por motivos de sexo, raza, religión, estado civil, orientación sexual o cualquier otro hecho diferenciador”[6]

En la obra de Edmond Rostand, Cyrano por ser feo nunca reveló ser el autor de las cartas amorosas que Christian envío a Roxane; sin embargo, la historia que narraré no es una de un amor frustrado, sino de alguien que por el temor de que no lo escucharan por su apariencia, prefirió esconderse tras un escritorio y redactar muy buenos escritos judiciales para su colega.

Cyrano es un abogado tímido, pero muy dedicado a su trabajo y un ratoncito de biblioteca. Es interesante discutir con él las estrategias de defensa, pues sus recomendaciones siempre son precisas.

Tenía un problema de vocalización que le impedía transmitir bien sus ideas y “si Demóstenes superó su problema, Cyrano también lo haría”; así que se le recomendó un curso de vocalización y oratoria. Terminado ese curso, estaba expedito para hablar claro y fluido.

Entonces, ya era un ratoncito de biblioteca y un buen orador; sin embargo, su timidez y sencillez hacía que pasara desapercibido en la organización.

Cyrano trabajaba con Christian, quien era un abogado muy bueno para hablar e interactuar con los demás, pero con poco tiempo para leer. Cyrano le ahorraba ese trabajo, pues le daba todo “comidito” (estrategias y proyectos de escritos con citas doctrinarias).

Christian siempre estaba dispuesto a ayudar a quien se lo pidiera, al igual que muchos abogados, pero él tuvo la suerte de que lo conocieran los parientes del líder de la organización, y que éstos lo recomendaran para un ascenso.

El líder de la organización no tardó en proponer un ascenso para Christian, pues a decir de sus parientes, era un excelente abogado. La pregunta que todos se formulaban era la siguiente: ¿Pedido de evaluación para su promoción o imposición?, ya que todos conocían a Cyrano y lo lógico era que ambos fueran evaluados para un ascenso. Cuando le comentaron al líder sobre Cyrano, resaltaron que era un buen abogado y que quizás no lo conocía porque él siempre estaba en los juzgados o en su escritorio preparando los proyectos respectivos para que Christian los firmara. La respuesta por parte del líder no se hizo esperar: “Conozco a Christian, él es alto, blanco y tiene seniority. Al otro lo he visto y no tiene presencia. Cuando entra a una oficina pasa desapercibido porque su apariencia no lo ayuda”.

Nadie podía creer lo que escuchaba y se le recordó al líder que los ascensos tenían que ser en función del desempeño, preparación académica (Cyrano era el único que tenía una maestría en el área para el cual se quería promover a Christian), esfuerzo y dedicación. Sin embargo, prevaleció la recomendación e imposición.

Después de un tiempo Cyrano dejó la organización, porque pretendieron evaluarlo en base a su apariencia, sin considerar su trabajo, su formación y aportes a la organización.

 

Espero que este caso imaginario nos ayude a reflexionar sobre cómo se maneja la política de ascensos en una organización, si ésta se encuentra acorde con lo que se proclama en los códigos de ética; y, por último, si existe compliance.

 




[1] INTERNATIONAL CERTIFICATION IN COMPLIANCE. Materiales para la preparación de la Certificación ICECOM, julio 2020, p. 6.

[2] https://larepublica.pe/economia/2021/01/13/cade-empresas-deben-tratar-con-dignidad-a-sus-trabajadores-dice-el-fundador-de-apoyo/

[3] Constitución Política del Perú.

                “Artículo 2.- Derechos de la persona

                Toda persona tiene derecho:

                (…)

2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole”

[4] MELÉ, Domènec. Ética en Dirección de Empresas. Calidad humana para una buena gestión. Madrid, Pearson, 2016, pp. 99 – 108. 

[5] Cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia.

[6] Compliance. Guía práctica de identificación, análisis y evaluación de riesgos. Navarra, Aranzadi, 2017, p. 71.




[i] Abogada y Maestro en Derecho Empresarial por la Universidad de Lima. Candidata al Master en gestión de riesgos en EALDE Business School. Candidata al Master en regulación energética en la Universidad Externado de Colombia.

 
 

 


 
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