Fuente: Confilegal
“La delgada línea roja entre la elusión y la evasión reside en un aspecto puramente legal: unos –los que pueden- se zafan de Hacienda con todas las de la ley, mientras que otros –pudientes y no pudientes– esquivan el pago de impuestos defraudando, sin prestar atención a la letra pequeña”, explican desde el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda, GESTHA,
La elusión fiscal es el comportamiento de aquella persona que para conseguir sus objetivos de pagar menos impuestos, utiliza una norma tributaria de manera distinta al fin en que ha sido desarrollada por el legislador.
A partir de esta conducta, que no siempre constituye una infracción porque se mueve en el límite de la legalidad, el contribuyente pretende conseguir un resultado económico prohibido por la ley o contrario a la norma tributaria.
Sería el caso, por ejemplo, de la presentación de una declaración tributaria incorrecta para conseguir ayuda o subvención y luego presentar una declaración complementaria como si se estuviera rectificando un olvido; compra-ventas ficticias que, además, pueden servir para blanquear dinero de actividades ilícitas; ventas que encubren donaciones; préstamos que en realidad son aportaciones de capital, pero que tributan de forma distinta, etc.
En definitiva, se trata de bordear o sortear la ley, así como de aprovechar vacíos legales existentes por parte, sobre todo, de grandes empresas, tomando como referencia una norma tributaria que estaba pensada para otra cosa y obtener, así, determinadas exenciones, deducciones y bonificaciones fiscales.
Por otra parte, la evasión fiscal es un comportamiento análogo al fraude fiscal, que se produce cuando no se pagan los impuestos que corresponden a través de la ocultación de ingresos o de información.
Esta conducta fraudulenta abarcaría, por ejemplo, operaciones que no pagan el IVA o la falsificación de facturas para reducir el pago de impuestos.
Y, aunque técnicamente, la evasión es sinónimo de fraude porque se sustenta en no pagar impuestos al margen de la ley vigente, parece que, socialmente su significado es menos fuerte.
Sin embargo, en el vocabulario tributario, la evasión es más amplia que el fraude, ya que incluye tanto el fraude tributario, como el contrabando aduanero o la salida de divisas del país.
Es decir, todo comportamiento ilegal que lleva asociado un daño al Tesoro Público, sea o no relativo a los impuestos.
QUIÉNES SOMOS
La Asociación
Junta Directiva
Sedes
Noticias
Artículos de Interés
Canal Ético
ACERCA DEL COMPLIANCE
Qué es
Compliance Officer
Marco Normativo Internacional
Cual es tu nivel de Compliance
FORMACIÓN
Eventos
Cursos Acreditados
Agenda Formativa
Cómo acreditar un curso
CERTIFICACIÓN
Certificación Profesional WCA
Certificación Sistemas de Compliance
SOCIOS
Ventajas de Asociarse
Entidades Asociadas
Profesionales Asociados
Solicitud de Adhesión
LEGAL
Aviso Legal
Política de Privacidad
Política de Cookies
Propiedad Intelectual
Condiciones de Contratación