La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) instruyó a todas las instituciones sujetas al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 de compras y contrataciones públicas, a incluir el proceso de debida diligencia en las distintas etapas de los procedimientos de contratación pública.
Mediante la circular DGCP44-PNP-2022-0001, el órgano rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), informó que este proceso contribuye a la prevención de incumplimiento regulatorio e irregularidades administrativas en la gestión pública.
La DGCP exhortó a realizar la debida diligencia en los procedimientos de contratación con la finalidad de comprobar y verificar la identidad del proveedor; identificar al beneficiario final de la empresa proveedora; constatar errores o escrituras similares en los documentos presentados por diferentes empresas en un mismo procedimiento de contratación; detectar si una persona expuesta políticamente es accionista o socio de una persona jurídica, la cual, a su vez, es proveedora de la institución.
Asimismo, monitorear que las personas vinculadas a los procedimientos de contratación pública cumplan con la idoneidad de los principios establecidos en el Código de Pautas de Ética e Integridad del SNCCP entre otro para minimizar los riesgos de que sea motivado a participar en acciones ilícitas.
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