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30/10/2025

CSDDD y Paquete Ómnibus I: una adaptación normativa más larga de lo previsto

Por Ingrid Matos, Chief Compliance officer/Business Compliance Expert

En los últimos meses, el debate sobre la Corporate Sustainability Due Diligence Directive (CSDDD) y el Paquete Ómnibus I ha puesto en evidencia la complejidad de armonizar la sostenibilidad empresarial con la viabilidad regulatoria y operativa de las organizaciones.

Lo que comenzó como una hoja de ruta clara hacia la integración de la diligencia debida en materia ambiental y de derechos humanos dentro del marco corporativo de la UE, ha evolucionado en un proceso extenso, fragmentado y sujeto a sucesivos ajustes de calendario.

1. CSDDD: la nueva arquitectura de la responsabilidad corporativa

La CSDDD establece un marco de obligaciones vinculantes para grandes empresas europeas y no europeas que operan en el mercado comunitario, ampliando consideerablemente el abanico de Compliance para este proximo ejercicio. Su objetivo es garantizar que las entidades identifiquen, prevengan y mitiguen los impactos adversos en materia de derechos humanos y medio ambiente a lo largo de toda su cadena de valor.

Los elementos técnicos clave incluyen:

- Umbrales de aplicación: empresas con más de 1.000 empleados y facturación neta superior a 450 millones €. (ahora bajo revisión con la Onmibus I)

- Alcance ampliado de la cadena de valor: tanto actividades propias como las de filiales y socios comerciales.

- Integración de la diligencia debida en las políticas empresariales y mecanismos de gobernanza.

- Obligaciones de reporte y transparencia, coordinadas con la CSRD y los ESRS.

- Responsabilidad civil en caso de incumplimiento y sanciones a definir por los Estados miembros.

2. El Paquete Ómnibus I: racionalización y ajuste de plazos

El Paquete Ómnibus I, presentado por la Comisión Europea en abril de 2025, introduce una serie de modificaciones técnicas para alinear las diferentes piezas del marco de sostenibilidad corporativa: CSDDD, CSRD, Taxonomía y CBAM.

Entre los cambios más relevantes:

- Extensión de los plazos de transposición y aplicación, que da más tiempo a los Estados miembros y a las empresas para adaptarse.

- Clarificación del alcance de la cadena de valor, priorizando las relaciones comerciales directas.

- Simplificación de las obligaciones de reporte y revisión de los umbrales de materialidad.

- Reducción de la carga administrativa para PYMEs implicadas en cadenas de suministro de grandes corporaciones.

El paquete Ómnibus I busca un equilibrio entre ambición regulatoria y factibilidad operativa, pero ha supuesto también un freno temporal a la implementación efectiva del marco de diligencia debida y el retraso en su aprovación supone una inseguridad para los profesionales de Compliance que estan a la espera de planificar los cambios necesarios.

3. CSDDD y el European Green Deal: la visión ecológica structural

Tanto la CSDDD como la CSRD forman parte del marco regulatorio más amplio del European Green Deal, la estrategia de la Unión Europea para alcanzar la neutralidad climática en 2050 y reorientar la economía hacia un modelo de crecimiento sostenible y circular.

El Green Deal no es solo un plan ambiental: implica una transformación transversal de los sistemas energéticos, industriales y financieros y sus directivas afectan directamente las empresas. En este contexto:

- La CSDDD actúa como el eje de responsabilidad empresarial, asegurando que los impactos negativos a lo largo de la cadena de valor sean gestionados de forma activa.

- La CSRD proporciona la infraestructura de información y transparencia que permite a inversores y autoridades evaluar la alineación de las empresas con los objetivos del Pacto Verde.

- El CBAM (Carbon Border Adjustment Mechanism) complementa el sistema, evitando fugas de carbono y reforzando la competitividad interna.

Sin embargo, la implementación práctica del Green Deal se ha visto condicionada por la crisis geopolítica global, que ha reconfigurado las prioridades económicas y energéticas de Europa.

4. El impacto de la crisis geopolítica en la transición sostenible

Los conflictos recientes —la guerra en Ucrania, la inestabilidad en Oriente Medio y las tensiones comerciales con China y EE. UU.— han alterado profundamente el contexto en que debía desarrollarse el European Green Deal.

Estos factores han provocado:

- Replanteamiento de la autonomía energética, priorizando la seguridad de suministro frente a la velocidad de descarbonización.

- Aumento de los costes de materias primas críticas y disrupciones en las cadenas de valor estratégicas.

- Presión política interna para flexibilizar plazos de aplicación de las directivas de sostenibilidad y evitar impactos económicos a corto plazo.

En consecuencia, aunque la agenda verde sigue siendo estructural, su ritmo de ejecución se ha desacelerado, y la coherencia entre objetivos climáticos y competitividad industrial se ha convertido en el principal punto de fricción.

El Paquete Ómnibus I refleja justamente este contexto: una voluntad de simplificar y retrasar sin renunciar formalmente al objetivo central del Green Deal.

5. El trasfondo político: tensiones institucionales y presión de los Estados miembros

Como ha señalado Andreas Rasche, profesor de Sostenibilidad en Copenhagen Business School, las dinámicas políticas en torno al Ómnibus I están influyendo directamente en la evolución de la CSRD y la CSDDD. Algunos Estados miembros han comenzado a presionar al Parlamento Europeo para acelerar la adopción de las medidas de simplificación, desdibujando los límites institucionales entre Consejo y Parlamento.

Rasche destaca que la presión de los jefes de Estado y de Gobierno —22 firmaron una carta pidiendo “move, move”— está reconfigurando el equilibrio de poder dentro de la UE y condicionando el trabajo legislativo. Este contexto político añade incertidumbre sobre el calendario y el contenido final de las normas, generando una brecha entre el ritmo político y la capacidad técnica de las empresas para adaptarse.

6. Perspectiva a medio plazo

A pesar de los retrasos, la dirección es inequívoca: la sostenibilidad corporativa se consolida como obligación jurídica y no solo como compromiso reputacional. Es decir, de una manera o otra la CSDDD entrará en vigor y las empresas tendran que adaptarse.

La combinación de la CSDDD, la CSRD, el CBAM y la Taxonomía Europea redefine la forma en que las empresas deberán demostrar su contribución al desarrollo sostenible, con métricas verificables y responsabilidades concretas.

El reto para los próximos años no será únicamente cumplir, sino integrar la diligencia debida y los objetivos del Green Deal en la estrategia empresarial, evitando que se perciban como ejercicios de cumplimiento formal y convirtiéndolos en ejes de competitividad, resiliencia y legitimidad social.

Conclusión

El retraso regulatorio no elimina la urgencia. Las empresas que utilicen este tiempo adicional para fortalecer su gobernanza, mapear sus cadenas de valor y consolidar sus sistemas de datos ESG estarán mejor posicionadas para cuando la normativa entre plenamente en vigor.

La sostenibilidad ya no se mide por la velocidad de adaptación, sino por la solidez, coherencia y alineación con el marco del Green Deal con que las organizaciones integren el cambio estructural que Europa exige.

 


 
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